Reglamento Interno Puerto Velero

Algunas Normas Generales

Queremos que su estadía sea lo más grata posible. Para ello el condominio Puerto Velero, tiene normas, que están establecidas en un reglamento interno, que han sido creadas para el beneficio de su estadía en el recinto. 

Se prohíbe:

  • Tender ropa en los jardines o barandas de las terrazas
  • Hacer asados en las terrazas de los departamentos. Si quiere
    hacer un asado use las instalaciones que existen en “el Parque
    de los Pimientos”.
  • Hacer trabajos en los departamentos en días festivos, fines de
    semana largo o periodos vacacionales.

– La velocidad máxima vehicular es de 20 km/hr. dentro del condominio.

– La altura máxima de los estacionamientos con toldos es de 2,10 mts

– Use solamente el estacionamiento que le corresponda y los lugares debidamente asignados conforme al tipo de vehículo.

– Respete el derecho a descanso de sus vecinos. No emita ruidos molestos ni escuche música con alto volumen

– A fin de mantener el buen servicio del sistema sanitario, los departamentos tienen una capacidad máxima establecida de habitantes (salvo que se indique específicamente una cantidad
menor):

  • 5-6 personas en 2 dormitorios
  • 7-8 personas en tres dormitorios
  • 8-10 personas en cuatro dormitorios


Uso de motos:

  • Se exigirá en todo momento el uso de casco protector.
  • No acelere la moto frente a los departamentos.


Evite el Cobro de Multas:

La Administración de la comunidad está facultada para aplicar multas en dinero, en casos de  infracción a sus normas existentes en el Reglamento interno.

  • Se podrán aplicar multas por daños causados a los bienes comunes o a las unidades e inmuebles de los restantes copropietarios o por incumplimiento de cualquiera las normas mencionadas en el punto
    1 de este documento y que forman parte del reglamento interno
    del Condominio.
  • El monto de la multa puede variar entre 1 hasta 50 UF.
  • El valor final de la multa dependerá de la gravedad del daño o lo reiterativo del incumplimiento a una norma.
  • La determinación del monto de la multa a cobrar es de exclusiva responsabilidad del Administrador de la comunidad de Copropietarios de Puerto Velero.
  • Las multas serán de costo del copropietario o de quien figure como arrendatario al momento de ser cursada.
  • Deberán ser canceladas en el plazo que establezca el Administrador.
  • En caso de que la multa sea aplicada a un arrendatario, visitas u otras personas autorizadas por él, para hacer uso y goce de la propiedad, los copropietarios son solidariamente responsables cuando el daño es causado por personas que habitan su departamento.
  • En caso de que no se pague la o las multas por quien corresponde dentro del plazo establecido, ésta será cobrada al copropietario junto a sus gastos comunes.
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